30º Juzgado Civil de Santiago - Rol C-17614-2019
HEVIA/AGRELA
Abstracto
El 30° Juzgado Civil de Santiago rechaza la demanda de nulidad de compraventa por objeto ilícito y simulación absoluta, al no acreditarse los vicios alegados en el contrato de compraventa entre padre e hijo. Se exime a la demandante del pago de las costas.
Resumen
• Datos básicos del caso: Antonia Hevia García-Huidobro, decoradora, demanda a Eduardo Jorge Agrela Tuñón, músico, y a Eduardo Alejandro Agrela Cortés, empresario, solicitando la nulidad del contrato de compraventa del inmueble ubicado en Avenida Presidente Battle y Ordóñez N° 3971, comuna de Ñuñoa. La demandante alega objeto ilícito y simulación. El tribunal es el 30º Juzgado Civil de Santiago, Rol C-17614-2019. Fecha de la sentencia: 2 de noviembre de 2020.
• Antecedentes procesales relevantes: La demanda se interpone el 27 de mayo de 2019. Eduardo Agrela Cortés contesta la demanda solicitando su rechazo, con costas. Eduardo Agrela Tuñón no contesta la demanda, siendo declarado rebelde. Se realiza audiencia de conciliación, que fracasa. Se recibe la causa a prueba y se cita a las partes a oír sentencia.
• Hechos acreditados: Antonia Hevia y Eduardo Agrela Tuñón mantuvieron una relación de convivencia entre 2006 y 2016. En 2010, Agrela Tuñón adquirió el inmueble en cuestión. Hevia demandó a Agrela Tuñón en 2017 (Rol C-33115-2017 del 23° Juzgado Civil de Santiago) solicitando la declaración de comunidad sobre el inmueble. En esta causa, se decretó una medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos, inscrita el 22 de junio de 2018. El 17 de octubre de 2018, Agrela Tuñón vendió el inmueble a su padre, Agrela Cortés. El 1 de marzo de 2019, se alzó la medida precautoria, permitiendo la inscripción de la compraventa el 22 de marzo de 2019. El 29 de abril de 2019, la Corte de Apelaciones revocó el alzamiento de la medida precautoria. Hevia y su hijo residen en...
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