Oficio N°3230 (12-06-1975)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio 1200 de 1975, ratifica que las rentas de viviendas económicas DFL 2 de 1959 están exentas de Global Complementario y de impuestos de categoría, conforme a los artículos 15 y 16 de dicho DFL.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1200, del 3 de septiembre de 1975, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la situación tributaria respecto de las exenciones de Global Complementario y de cualquier impuesto de categoría de la Ley de la Renta para las rentas provenientes de viviendas económicas acogidas al DFL N° 2 de 1959.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si las rentas de viviendas económicas DFL 2 están exentas del Impuesto Global Complementario y de cualquier impuesto de categoría según la Ley de la Renta vigente.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): Se adjunta presentación de la Confederación Nacional de Corredores de Propiedades de Chile y Promotores de la Construcción.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Artículo 54, N° 3, inciso 3° de la Ley de la Renta.
* Artículos 15 y 16 del DFL N° 2 de 1959.
* Artículo 17, N° 29 de la Ley de la Renta.
* Oficio Circular N° 915 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 14 de mayo de 1973.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el DFL N° 2 de 1959, que establece exenciones tributarias para las viviendas económicas. El artículo 16 de este DFL exime del Impuesto Global Complementario y de cualquier impuesto de categoría a las rentas que produzcan dichas viviendas. El artículo 17 N° 29 de la Ley de la Renta establece que no constituyen rentas los ingresos que no se consideren rentas o que no se reputen capital según ...
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