Oficio N°6011 (08-10-1975)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII analiza el tratamiento tributario de gastos de alimentación y alojamiento de trabajadores trasladados. Determina que asignaciones separadas del sueldo pueden no ser renta, pero aquellas incluidas en el sueldo total sí lo son, afectas al Impuesto Único de Segunda Categoría.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3061, 09 de noviembre de 1976, del Director Nacional del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Tratamiento tributario de gastos de alimentación y alojamiento.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Sociedad Jara Gumucio y Cía. Ltda. consulta sobre el tratamiento tributario de los gastos de alimentación y alojamiento en que deben incurrir trabajadores contratados para ejecutar labores en sectores distintos a sus lugares habituales de residencia. El centro de operaciones está en Ventanas y parte del personal debe trasladarse desde Valparaíso y Viña del Mar. La empresa asigna a estos trabajadores un monto para cubrir dichos gastos, considerando que no son una retribución por el trabajo, sino una compensación obligada en interés de la empresa, cumpliendo con las características de no renta según el artículo 17, N° 14, de la Ley de la Renta (LIR).

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo deben tratarse tributariamente los gastos de alimentación y alojamiento de los trabajadores trasladados, considerando si son o no constitutivos de renta?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La empresa considera que los gastos de alimentación y alojamiento no son una retribución sino una compensación obligada que beneficia a la empresa, cumpliendo las características para ser considerados no renta según el artículo 17, N° 14, de la LIR.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se menciona el Oficio ORD. RE 968, de 25.06.1975, de la Dirección Regional del SII, con un pronunc...

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