Circular N°5 (06-01-1977)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La circular del SII de 1977 aborda la tasa del impuesto de Primera Categoría, aplicable según el año tributario, y el tratamiento tributario de rentas de capitales mobiliarios para empresas de dicha categoría, detallando su clasificación y requisitos.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular del Servicio de Impuestos Internos de Chile, año 1977. No se especifica número exacto, pero se deduce que son las circulares 5a y 5b.
• Contexto normativo y objetivo: La circular aborda modificaciones al Art. 20 de la Ley de la Renta, específicamente la rebaja de la tasa del impuesto de Primera Categoría y su aplicación gradual en el tiempo. Aclara el tratamiento de las rentas de capitales mobiliarios obtenidas por empresas de Primera Categoría, detallando su clasificación y requisitos para ser consideradas dentro de los números 3, 4 o 5 del artículo 20.
• Alcance y ámbito de aplicación: Aplica a empresas de Primera Categoría que declaren sus rentas efectivas mediante balance general, sometidas al sistema de corrección monetaria. Afecta a las rentas de capitales mobiliarios como bonos, debentures, créditos, depósitos, cauciones y contratos de rentas vitalicias, siempre que la inversión forme parte del patrimonio de la empresa.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- La tasa del impuesto de Primera Categoría se rebaja del 15% al 10%, aplicándose gradualmente desde el año tributario 1980.
- Las rentas de capitales mobiliarios deben incluirse en los ingresos brutos mensuales a medida que se devenguen o perciban.
- Se deben considerar los reajustes y diferencias de cambio de valores mobiliarios, créditos o depósitos en moneda extranjera como parte de los ingresos brutos mensuales.
- Se establece el tratamiento de los intereses exentos del impuesto de Primera Categoría para fines de la determinac...
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