Oficio N°6273 (16-11-1977)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la exención tributaria del artículo 32 letra d) del DS 266 del Ministerio de Relaciones Exteriores, indicando que solo aplica a personal extranjero contratado por el BID, no a chilenos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 6273, 16 de Noviembre de 1977. Materia: Situación tributaria de rentas pagadas a supervisores, profesionales y técnicos. Director del SII: Manuel Benítez Escobar.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta sobre la exención tributaria contenida en el artículo 32, letra d) del D.S. N° 266, del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 1970, en favor de supervisores nacionales y extranjeros contratados por ODESLAR con fondos provenientes de la contribución del Gobierno de Chile en el Convenio BID-Chile 142908.
• Consultas específicas planteadas al SII: Aclarar la situación tributaria de las rentas pagadas a profesionales y técnicos, financiadas con cargo a los recursos aportados por el Gobierno de Chile y no por el BID.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen argumentos del consultante directamente en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Oficio N° 96, de 10 de Julio de 1976, que respondió a una consulta análoga sobre la situación tributaria del personal técnico y profesional contratado por ODESLAR con recursos del Banco Interamericano de Desarrollo. También se cita el Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo (Ley N° 15.904) y el Decreto N° 266 del Ministerio de Relaciones Exteriores.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La exención tributaria del artículo 32 letra d) del D.S. N° 266 solo favorece al personal extranjero contratado por el Programa o por la Oficina Regional del Banco Interamerica...
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