Circular N°52 (01-06-1979)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular 52 del SII de 1979 detalla las modificaciones al DL 825 sobre IVA, incluyendo la derogación del pago diferido en importaciones y la recuperación de remanentes de crédito fiscal acumulados por seis periodos tributarios consecutivos.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 52 del Servicio de Impuestos Internos, de fecha 18 de mayo de 1979.
• Contexto normativo y objetivo: Esta circular informa y entrega instrucciones sobre las modificaciones introducidas al Decreto Ley N° 825 (Ley del IVA) por el Decreto Ley N° 2563, publicado el 4 de abril de 1979. Las modificaciones se refieren al pago diferido del IVA en importaciones, que se deroga, y a la recuperación de remanentes de crédito fiscal acumulados durante seis períodos tributarios consecutivos.
• Alcance y ámbito de aplicación: Contribuyentes afectos al IVA y exportadores que acumulen remanentes de crédito fiscal. Empresas que importen o adquieran bienes o servicios gravados y exentos. Empresas que inicien actividades.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Derogación del pago diferido del IVA en importaciones: Se elimina la facultad de diferir el pago del IVA en importaciones con cobertura diferida. Las Aduanas no autorizarán el retiro de bienes sin la acreditación de la cancelación del impuesto.
- Devengo del IVA en importaciones: El IVA se devenga al momento de consumarse legalmente la importación o tramitarse totalmente la importación condicional.
- Plazo de pago del IVA: El pago del IVA debe realizarse hasta el día 12 de cada mes en la Tesorería Comunal respectiva o en las oficinas bancarias autorizadas.
- Recuperación de remanentes de crédito fiscal: Los contribuyentes con remanentes de crédito fiscal acumulados durante seis períodos tributarios consecutivos pueden imputar el remanente a ...
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