Oficio N°4138 (17-07-1979)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que las disposiciones del DL 2398 de 1978 no son aplicables a Línea Aérea Nacional (LAN-Chile), manteniendo las exenciones tributarias que la benefician, conforme a su estatuto orgánico.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio sin número, pero con antecedente en el Oficio N° 671. Fecha no visible. Emitido por el Director del Servicio de Impuestos Internos. Dirigido a Línea Aérea Nacional. Materia: Consulta sobre aplicación del artículo 20 del Decreto Ley N° 2.398, de 1978.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Línea Aérea Nacional consulta al SII sobre la aplicabilidad del artículo 20 del DL 2398/1978, que extiende la Tasa Adicional del Art. 21° de la Ley de la Renta a empresas del Estado no constituidas como sociedades anónimas o en comandita por acciones, y que deroga la exención del Impuesto de Primera Categoría.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Son aplicables a LAN-Chile las disposiciones del artículo 20 del DL 2398/1978, considerando que su Estatuto Orgánico (DFL N° 3 de 1959) le otorga una exención amplia de tributos, la cual solo se pierde si expresamente se la declara afecta a ellos?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante implícitamente argumenta que la derogación dispuesta en el artículo 25 del DL 2398/1978 es de carácter general y no menciona explícitamente a LAN-Chile, por lo tanto, la franquicia tributaria establecida en su beneficio no se ve afectada.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 20 del Decreto Ley N° 2.398, de 1978, el artículo 21° de la Ley de la Renta, el Estatuto Orgánico de LAN-Chile contenido en el DFL N° 3 de 1959 (específicamente sus artículos 12 y 13), y el artículo 25 del DL 2398/1978.
• Fundamentos clave del pron...
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