Oficio N°1503 (10-03-1980)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII aclara que el plazo de un año para acogerse a la franquicia del DL 4363/1931 se refiere al trámite ante el SII, no a la vigencia de la franquicia en sí, reafirmando la necesidad de certificado de CONAF.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° XX del Servicio de Impuestos Internos (SII), sin fecha específica, pero referenciado al Oficio GAD, N° 174, de 20 de enero de 1988. Materia: Requisitos para acogerse al beneficio del Artículo 30 del Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 4363, de 1931. Dirigido al Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal (CONAF).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: CONAF solicita al SII un pronunciamiento sobre el plazo de un año concedido por el DFL N° 2565 para acogerse a las franquicias del DFL N° 4363 de 1931, y si los trámites podrían iniciarse indistintamente en el SII o en CONAF.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿A qué se refiere el plazo de un año concedido por el DFL N° 2565?
- ¿Los trámites para acogerse a la franquicia pueden iniciarse indistintamente en el SII o en CONAF?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se exponen explícitamente los argumentos del consultante, pero se entiende que CONAF busca claridad sobre la interpretación del plazo de un año y el procedimiento para acceder a las franquicias.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
- DFL N° 4363 de 1931.
- DFL N° 2565.
- Artículo 30 transitorio del DFL 4363, de 1931.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII:
- El SII se basa en el Artículo 30 del DFL N° 4363, que establece los requisitos para acceder a la exención tributaria, incluyendo la presentación de una petición al SII acompañada de certificados de CONAF.
- El SII interpreta que el plaz...
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