Circular N°62 (28-08-1980)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N°62 de 1980 reitera y amplía instrucciones sobre infracciones a la obligación de emitir y exhibir guías de despacho, detallando sanciones por movilización de bienes sin la documentación requerida y estableciendo requisitos para la autorización de emisión de múltiples juegos de estos documentos.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N°62, de 28 de agosto de 1980, del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Reitera y amplía instrucciones sobre infracciones a la obligación de emitir y exhibir guías de despacho.

• Contexto normativo y objetivo: La circular complementa las instrucciones impartidas por la Circular N°103, de 14 de diciembre de 1979, en relación con la emisión de guías de despacho según el artículo 55 del D.L. N°825 de 1974. El objetivo es reiterar las infracciones en que pueden incurrir los contribuyentes respecto a la emisión y exhibición de guías de despacho, conforme a lo detectado en la fiscalización.

• Alcance y ámbito de aplicación: La circular se aplica a los contribuyentes obligados a emitir guías de despacho, especialmente aquellos que movilizan bienes corporales muebles, y a quienes transportan carga, sean o no los dueños de los bienes. Afecta tanto al emisor de los documentos como a quien moviliza los bienes.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos:

  • Se reiteran las infracciones sancionadas según los N°1 y N°4 del artículo 97 del Código Tributario, incluyendo la movilización o traslado de bienes sin la guía de despacho o factura, o con documentos que no cumplen los requisitos legales.
  • Se detalla la infracción sancionada según el N°10° del artículo 97 del Código Tributario, que se refiere a la movilización sin guía cuando el transportista no identifica al vendedor o prestador del servicio, estableciendo la responsabilidad solidaria del transportista según el inciso 6° del artículo 55 del D.L. N°825.
  • Se e...

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