Circular N°32 (29-05-1981)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular N° 32 de 1981 complementa normas sobre declaraciones rectificatorias de impuestos, reiterando y aclarando puntos de la Circular N° 24 de 1981, y modificando algunos para simplificar su aplicación, especialmente en casos que implican un menor pago de impuesto.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 32, del 29 de mayo de 1981, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Complementada por Circular N° 4, del 29 de enero de 1982.
• Contexto normativo y objetivo: La circular complementa las normas sobre la presentación de declaraciones rectificatorias de impuestos, reiterando, aclarando y modificando las instrucciones contenidas en la Circular N° 24, del 30 de abril de 1981, debido a observaciones de incumplimiento detectadas por la Dirección Nacional a través de formularios y consultas.
• Alcance y ámbito de aplicación: Contribuyentes que presentan declaraciones de impuestos susceptibles de ser rectificadas, y las unidades del Servicio de Impuestos Internos encargadas de su tramitación.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Se reitera que no constituyen declaraciones rectificatorias aquellas que determinen un menor impuesto o agreguen un nuevo tributo no declarado anteriormente, según el Decreto N° 910 (D.O. de 7.12.78) y la Resolución Ex. N° 357 (D.O. de 9.4.81). Estas deben regirse por las normas del Código Tributario en lo relativo a la devolución de impuestos.
- Se reemplaza la sección D de la Circular N° 24 por un texto que indica que, en caso de declaraciones que impliquen un menor pago de impuesto, el contribuyente debe solicitar la devolución correspondiente según el artículo 126 del Código Tributario.
- Se reitera que, según el Decreto N° 910, las declaraciones de impuestos indicadas en él (renta, impuestos del D.L. N° 825, etc.) deben hacerse en el Servicio de Tesorerías, sin que este...
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