Circular N°49 (06-10-1981)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular N°49 del SII, de 1981, explica la modificación al artículo 10° del Decreto Ley N° 3.059, de 1979, sobre fomento a la marina mercante, introducida por la Ley N° 18.031. Esta modificación simplifica el procedimiento para aplicar la exención del impuesto adicional de la Ley de la Renta a ciertos pagos al extranjero.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°49, de fecha 6 de octubre de 1981, del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Modifica artículo 10° del Decreto Ley N° 3.059, de 1979, sobre Fomento a la Marina Mercante, que establece exención del Impuesto Adicional de la Ley de la Renta. Publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 1981.
• Contexto normativo y objetivo: La Ley N° 18.031, publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 1981, modifica el artículo 10° del Decreto Ley N° 3.059, de 1979, sobre Fomento a la Marina Mercante Nacional. El objetivo de la circular es impartir instrucciones sobre esta modificación, que versa sobre materias de carácter tributario.
• Alcance y ámbito de aplicación: La exención del Impuesto Adicional aplica a pagos y abonos en cuenta efectuados por empresas de astilleros, empresas navieras (incluidas las de remolcadores, lanchaje y muellaje) nacionales, a personas no domiciliadas ni residentes en el país, por concepto de asesorías técnicas, servicios prestados en el exterior, intereses o cualquier otro rubro relacionado con las actividades comprendidas dentro de su giro principal.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- La modificación no altera el fondo de la exención del Impuesto Adicional, que se mantiene vigente.
- Se elimina el requisito de autorización previa del Ministerio de Hacienda para cada pago o abono en cuenta.
- Las empresas deben informar al Servicio de Impuestos Internos, dentro de los tres primeros meses del año siguiente a aquel en que se efectuaron los pagos o abonos, las o...
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