Circular N°49 (06-10-1981)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N°49 del SII, de 1981, explica la modificación al artículo 10° del Decreto Ley N° 3.059, de 1979, sobre fomento a la marina mercante, introducida por la Ley N° 18.031. Esta modificación simplifica el procedimiento para aplicar la exención del impuesto adicional de la Ley de la Renta a ciertos pagos al extranjero.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N°49, de fecha 6 de octubre de 1981, del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Modifica artículo 10° del Decreto Ley N° 3.059, de 1979, sobre Fomento a la Marina Mercante, que establece exención del Impuesto Adicional de la Ley de la Renta. Publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 1981.

• Contexto normativo y objetivo: La Ley N° 18.031, publicada en el Diario Oficial el 14 de septiembre de 1981, modifica el artículo 10° del Decreto Ley N° 3.059, de 1979, sobre Fomento a la Marina Mercante Nacional. El objetivo de la circular es impartir instrucciones sobre esta modificación, que versa sobre materias de carácter tributario.

• Alcance y ámbito de aplicación: La exención del Impuesto Adicional aplica a pagos y abonos en cuenta efectuados por empresas de astilleros, empresas navieras (incluidas las de remolcadores, lanchaje y muellaje) nacionales, a personas no domiciliadas ni residentes en el país, por concepto de asesorías técnicas, servicios prestados en el exterior, intereses o cualquier otro rubro relacionado con las actividades comprendidas dentro de su giro principal.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos:

  • La modificación no altera el fondo de la exención del Impuesto Adicional, que se mantiene vigente.
  • Se elimina el requisito de autorización previa del Ministerio de Hacienda para cada pago o abono en cuenta.
  • Las empresas deben informar al Servicio de Impuestos Internos, dentro de los tres primeros meses del año siguiente a aquel en que se efectuaron los pagos o abonos, las o...

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