Circular N°50 (09-10-1981)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular del SII de 1981 aborda la aplicación de exenciones tributarias y su cancelación según el D.L. 701 (Ley de Fomento Forestal), modificado por el D.L. 2.565, incluyendo la retroactividad en la pérdida de beneficios por incumplimiento de planes de manejo.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N°50 del Servicio de Impuestos Internos (SII), año 1981. No se especifica día ni mes de emisión.
• Contexto normativo y objetivo: Impartir instrucciones sobre la aplicación del D.L. N° 701, Ley de Fomento Forestal, cuyo texto fue reemplazado por el D.L. N° 2.565, publicado el 3 de abril de 1979, que conserva el mismo número (701). El objetivo es aclarar el tratamiento tributario de los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal y las consecuencias del incumplimiento de los planes de manejo.
• Alcance y ámbito de aplicación: Contribuyentes que se acogen a los beneficios tributarios del D.L. 701, específicamente aquellos con terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal, bosques naturales o artificiales y plantaciones forestales. Incluye personas naturales, sociedades anónimas y en comandita por acciones.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Exenciones Tributarias: Los terrenos calificados de aptitud preferentemente forestal, los bosques naturales y artificiales, y las plantaciones forestales están exentos del impuesto territorial y no se consideran para la determinación de la renta presunta ni para el cálculo del Impuesto Global Complementario o Adicional. También exime del impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones a los bosques artificiales y los terrenos en que se encuentren plantados.
- Vigencia de las Franquicias: Rigen desde la fecha del certificado emitido por CONAF, que acredita la calificación de aptitud preferentemente forestal del terreno, salvo para el imp...
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