Circular N°51 (14-12-1982)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N° 51 del SII, de 1982, complementa la Circular N° 39, actualizando instrucciones sobre créditos incobrables tras modificaciones de la Superintendencia de Bancos en el tratamiento de colocaciones vencidas. Amplía el plazo para traspaso a cartera vencida a 90 días y explicita el tratamiento tributario de las recompras de cartera.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N° 51, de fecha 14 de diciembre de 1982, del Servicio de Impuestos Internos. Dejada sin efecto por Circular N° 28, del 21 de junio de 1984.

• Contexto normativo y objetivo: Complementa la Circular N° 39, del 4 de agosto de 1982, referente al tratamiento tributario de las provisiones y castigos de colocaciones vencidas, a raíz de la Circular Bancos N° 1.848 - Financieras N° 305, de 8 de octubre de 1982, de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, que modifica el concepto de Cartera Vencida definido en la Circular Bancos N° 1.825 - Financieras N° 284, de 23 de julio de 1982.

• Alcance y ámbito de aplicación: Instituciones financieras sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos:

  • Se transcribe el nuevo concepto de cartera vencida: créditos a favor de las entidades financieras que, por estar vencidos e impagos, deben traspasarse de cartera vigente a cartera vencida dentro de un plazo no superior a 90 días desde su fecha de vencimiento.
  • En el caso de créditos pagaderos en cuotas, se considerarán en cartera vencida los montos de las cuotas impagas dentro de los 90 días siguientes a las respectivas fechas de vencimiento, salvo que se ejercite la facultad de hacer exigible la totalidad del crédito por el no pago de un determinado número de cuotas, caso en el que deberá llevarse a cartera vencida el monto total de la operación.
  • Se amplía el plazo para el ingreso de las operaciones crediticias impagas a cart...

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