Circular N°15 (18-03-1985)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N°15 de 1985 del SII aclara que el impuesto del artículo 2° del DL N° 2398, aplicable a empresas estatales, se mantiene vigente pese a modificaciones legales posteriores, al ser un tributo distinto al ex-artículo 21 de la Ley de la Renta.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N°15, de 18 de marzo de 1985, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Impuesto del artículo 2° del D.L. N° 2398 en el caso de empresas del Estado o en las cuales tenga participación el Estado.

• Contexto normativo y objetivo: El objetivo de la circular es aclarar la aplicación del impuesto establecido en el artículo 2° del D.L. N° 2.398, de 1978, a las empresas del Estado o aquellas en que tengan participación instituciones señaladas en el N° 1 del artículo 40 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que no están constituidas como sociedades anónimas o en comandita por acciones.

• Alcance y ámbito de aplicación: La circular se aplica a las empresas del Estado o empresas en las que el Estado tenga participación, que no estén constituidas como sociedades anónimas o en comandita por acciones.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos: Aclara que el impuesto establecido en el artículo 2° del D.L. N° 2.398 no es el mismo que el contemplado en el ex-artículo 21 de la Ley de la Renta, sustituido por el N° 10 del artículo 1° de la Ley N° 18.293. Este impuesto se mantiene vigente para los contribuyentes individualizados, bajo los mismos términos y condiciones imperantes al 31 de diciembre de 1983. El SII considera que, aunque en apariencia el artículo 2° del DL 2398 extendió el número de contribuyentes gravados con el impuesto tasa adicional del ex-artículo 21, en realidad creó un nuevo impuesto.

• Ejemplos o casos ilustrativos incluidos: No se incluyen ejemplos o casos ilustrativos.

• Normativa, resoluciones y juris...

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