Oficio N°4517 (03-12-1985)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre diversos aspectos tributarios consultados por la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras, relativos a provisiones, castigos de créditos e inversiones, corrección monetaria y otros, basándose en la normativa vigente y en instrucciones de la Superintendencia de Bancos.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 447 del 9 de diciembre de 1985, del Director del Servicio de Impuestos Internos (SII) dirigido al Presidente de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras de Chile (ABIF). Materia: Aspectos tributarios sobre materias que se indican.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La ABIF consulta sobre el tratamiento tributario de diversas situaciones que afectan a bancos e instituciones financieras, identificando posibles inconsistencias y efectos tributarios paralelos. Las consultas se refieren a: a) Tratamiento tributario de provisiones y castigos de créditos caucionados con garantías reales; b) Tratamiento tributario de inversiones financieras vencidas; c) Impuestos a los intereses y reajustes de colocaciones vencidas; d) Tratamiento tributario de bienes recibidos en pago o adjudicados; e) Corrección monetaria de activos fijos sobrevalorados, según instrucciones de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF). El SII, mediante Oficio N° 2.281, solicitó información a la SBIF, la cual emitió pronunciamientos el 18 de octubre de 1985.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consultan los efectos tributarios de las siguientes situaciones: (1) Tratamiento de provisiones sobre créditos caucionados con garantías reales. (2) Tratamiento de inversiones financieras vencidas y su castigo. (3) Tratamiento tributario de intereses y reajustes de colocaciones vencidas. (4) Tratamiento tributario de bienes recibidos en pago. (5) Tratamiento de la corrección monetaria de activos fijos sobrevalorados.
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