Oficio N°1056 (01-04-1986)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII aclara que la Sociedad Agrícola Corfo Ltda. debe aplicar el impuesto del 40% establecido en el artículo 22 del DL 2.398 sobre la parte de las utilidades que corresponda a sus socios Corfo e Indap.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 77 del 16 de Enero de 1987, de la Dirección Regional Santiago Centro del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Sociedad Agrícola Corfo Ltda. consulta sobre la base imponible del impuesto del artículo 22 del Decreto Ley (DL) N° 2.398, tras las modificaciones introducidas por la Ley N° 18.462. Específicamente, si la base imponible corresponde a la renta calculada sobre el avalúo fiscal de sus predios o a la renta efectiva proveniente de la explotación agrícola.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es la base imponible del impuesto establecido en el artículo 22 del DL 2.398 para la Sociedad Agrícola Corfo Ltda., considerando las modificaciones introducidas por la Ley N° 18.462: la renta calculada sobre el avalúo fiscal de los predios o la renta efectiva proveniente de la explotación agrícola?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): —
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 22 del DL N° 2.398, el artículo 42 de la Ley N° 18.639, el artículo 20 N° 1, letra b) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), y el artículo 40 N° 1 de la LIR.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en el nuevo texto del artículo 22 del DL N° 2.398, codificado por el artículo 42 de la Ley N° 18.639. Este establece que las empresas del Estado y aquellas en que tengan participación instituciones a que se refiere el N° 1 del artículo 40 de la Ley de la Renta, que no estén constituidas como sociedades anó...
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