Circular N°33 (26-05-1986)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular N° 33 del SII, de 1986, actualiza la nómina de países a los que se aplica el principio de reciprocidad para la exención del Impuesto Adicional según el Art. 59 N°4 de la LIR, excluyendo a Argentina e incluyendo a Gran Caimán.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 33, de 26 de mayo de 1986, del Servicio de Impuestos Internos. Dejada sin efecto por Circular N° 53, del 21 de octubre de 1986.
• Contexto normativo y objetivo: Amplía y refunde la nómina de países con los cuales se aplica el principio de reciprocidad para la exención del impuesto establecido en el N° 4 del Art. 59 de la Ley de la Renta.
• Alcance y ámbito de aplicación: Impuesto Adicional. Exención del impuesto establecido en el N° 4 del Art. 59, de la Ley de la Renta.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos: La circular actualiza la nómina de países a los cuales se aplica el principio de reciprocidad, en virtud del inciso final del N° 4 del artículo 59 de la Ley de la Renta. Este principio permite la exención del Impuesto Adicional en ciertas remesas al extranjero, siempre que exista un tratamiento recíproco en el país de destino.
• Ejemplos o casos ilustrativos incluidos: No incluye ejemplos o casos ilustrativos.
• Normativa, resoluciones y jurisprudencia citadas:
* Art. 59 N°4 de la Ley de la Renta.
* Resoluciones del Ministerio de Hacienda N°s. 241 de 1981, 14, 18, 27, 41, 46, 88 y 193 de 1982; 18 y 19 de 1983; y 4 y 210 de 1984.
* Resolución del Ministerio de Hacienda N° 92, de 07 de marzo de 1985.
* Resolución del Ministerio de Hacienda N° 426, de 23 de diciembre de 1985.
• Relación con circulares o instrucciones previas: Modifica y complementa la Circular N° 12, de 1985, que había refundido y actualizado la nómina de países con los cuales se aplica el principio de reciprocida...
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