Oficio N°2618 (05-08-1986)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII autoriza la remesa de dividendos a inversionistas extranjeros, aplicando la Ley sobre Impuesto a la Renta y el Estatuto de la Inversión Extranjera, tras verificar la correcta aplicación del impuesto de retención y créditos asociados.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° s/n, 5 de agosto de 1996, del Director del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Remesa de dividendos a inversionistas extranjeros. Subnorma que se indica: Ley sobre Impuesto a la Renta.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una sociedad anónima solicita autorización para remitir dividendos a sus accionistas extranjeros, inversionistas acogidos al Decreto Ley sobre Estatuto de la Inversión Extranjera. En junta general ordinaria, la sociedad acordó distribuir dividendos con cargo al Fondo de Utilidades Tributarias (FUT) de los ejercicios 1983, 1984 y 1985.

• Consultas específicas planteadas al SII: Autorización para remesar dividendos a accionistas extranjeros.

• Argumentos del consultante: La empresa recurrente indica que el reparto de dividendos se imputará a las utilidades tributarias pendientes de distribución, las cuales dan derecho a los créditos correspondientes contra el Impuesto de Retención del 40% según el artículo 74 N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 58 N° 2 y 74 N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; Artículo 20 transitorio de la Ley 18.293 de 1984; Artículo 62 transitorio de la Ley de la Renta.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII basa su pronunciamiento en el análisis de los antecedentes presentados, verificando que las utilidades tributarias acumuladas son suficientes para cubrir el monto del dividendo y el impuesto de retención, aplicándose correctamente los créditos correspondientes.

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