Oficio N°3737 (24-10-1986)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII aclara la exención de IVA para cotizaciones de salud (ISAPRE) de trabajadores independientes. La exención aplica solo si están sujetos a un régimen legal de previsión, equivalente a 8,2 UF.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 233 del 07 de agosto de 2013, de la Dirección del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la exención del IVA en las cotizaciones de salud (ISAPRE) que realizan los trabajadores independientes, similar al beneficio que tienen los trabajadores dependientes.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se consulta si las cotizaciones que efectúan los trabajadores independientes a las ISAPRE están exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tal como ocurre con los trabajadores dependientes.
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 16 del DFL N° 3, publicado en el Diario Oficial de 19 de mayo de 1981, que fija las normas de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE). También menciona los artículos 168 y 268 del DFL N° 2763, de 1979, sobre los Servicios de Salud y el Fondo Nacional de Salud.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La exención del IVA en las cotizaciones de salud de los trabajadores independientes está condicionada a que estos se encuentren adscritos a un régimen legal de previsión. El monto de la exención corresponde a 8,2 UF del último día del mes anterior al que corresponde la renta.
• Decisión del SII y sus efectos: Confirma que la exención de IVA para cotizaciones de ISAPRE de trabajadores independientes aplica solo si están sujetos a un régimen legal de previsión. Si no lo están, dichas cotizaciones quedan afectas al impuesto.
• Dispos...
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