Circular N°52 (24-10-1988)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N° 52, de 1988, del Servicio de Impuestos Internos de Chile, modifica las normas sobre el crédito tributario por gastos de capacitación y empleo, conforme a la Ley N° 18.709. Aclara la aplicación del régimen a entidades públicas y ajusta los costos directos deducibles.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N° 52, del 24 de octubre de 1988. Materia: Modifica normas relativas al crédito por concepto de gastos de capacitación y empleo. Dejada sin efecto por Circular N° 34, del 13 de julio de 1993.

• Contexto normativo y objetivo: La circular analiza las modificaciones introducidas por la Ley N° 18.709 al Decreto Ley N° 1.446, de 1976, sobre el Estatuto de Capacitación y Empleo, específicamente en lo relacionado con materias tributarias.

• Alcance y ámbito de aplicación: La circular se dirige a los contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con excepción de aquellos cuyas rentas provengan únicamente de las letras a) y b) del número 2° del artículo 20 de la citada ley.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos:

  1. Situación de los Servicios e Instituciones del Sector Público: A partir del 21 de noviembre de 1988, los servicios e instituciones del sector público deben atenerse a lo dispuesto en el inciso final del artículo 11 del D.L. 1.446, permitiendo convenios con el SENCE para programas de capacitación.
  2. Texto del Artículo 24 del D.L. N° 1.446/76 (Crédito por Gastos de Capacitación):
  • Se explicita que los gastos de capacitación deben ser efectuados dentro del territorio nacional para ser susceptibles de crédito.
  • Se actualizan los guarismos relativos al porcentaje que las empresas deben soportar de los gastos de capacitación, estableciendo que será el 50% cuando la capacitación sea impartida a trabajadores cuyas remuneraciones individuales mensuales sean iguales o superiores a ...

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