Circular N°33 (25-06-1991)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular N° 33 del SII, de 1991, aborda el tratamiento tributario de las donaciones con fines culturales según la Ley N° 18.985. Establece requisitos para donantes y beneficiarios, límites al crédito fiscal y exenciones tributarias, promoviendo el financiamiento privado de la cultura.
Resumen
• Datos básicos de la circular
Circular N° 33, de 25 de junio de 1991.
• Contexto normativo y objetivo
Establecer el tratamiento tributario de las donaciones efectuadas con fines culturales, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley N° 18.985 y su reglamento.
• Alcance y ámbito de aplicación
La circular se aplica a los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría y del Impuesto Global Complementario que efectúen donaciones en dinero a beneficiarios con fines culturales, según los requisitos establecidos en la Ley N° 18.985 y su reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 787 del Ministerio de Educación.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos
- Donantes: Se definen los contribuyentes que pueden acogerse a la franquicia, excluyendo a aquellos que declaran rentas presuntas o que reciben ingresos exentos.
- Beneficiarios: Se identifican las instituciones que pueden recibir donaciones (universidades, corporaciones, fundaciones) cuyo objeto sea la investigación, desarrollo y difusión de la cultura y el arte.
- Forma y período de las donaciones: Las donaciones deben ser en dinero y deben registrarse en la contabilidad del donante. Deben integrar la base imponible de los impuestos para poder rebajarse como crédito.
- Requisitos de las donaciones: Las donaciones deben destinarse a proyectos aprobados por el Comité Calificador de Donaciones Privadas. Los beneficiarios deben emitir un certificado con formalidades específicas.
- Comité Calificador de Donaciones Privadas: Se detalla su conformación, funciones y atribuciones en la apr...
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