Oficio N°530 (04-02-1993)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la tributación de intereses de bonos emitidos en moneda extranjera pagados a inversionistas sin domicilio ni residencia en Chile, y sobre el tratamiento tributario del rescate de bonos y su canje por acciones.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 15, del 08 de enero de 2004, del Servicio de Impuestos Internos. Dirigido a Germán Ramajo Romero, Gerente General - Presidente Ejecutivo de Compañía de Teléfonos de Chile S.A. sobre tratamiento tributario de bonos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Compañía de Teléfonos de Chile S.A. describe una operación de emisión de bonos, eventualmente convertibles en acciones según una equivalencia constante desde la emisión del bono.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Tributación de los intereses pagados a tenedores de bonos (inversionistas sin domicilio ni residencia en Chile).
- Situación tributaria de la operación consistente en el canje de bonos por acciones.
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
- Artículo 59 N°1 de la Ley de la Renta.
- Artículo 74 de la Ley de la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII:
- Los intereses pagados a inversionistas extranjeros están afectos al Impuesto Adicional con tasa de 4%, siempre que la emisión de los bonos haya sido autorizada por el Banco Central.
- El rescate del bono corresponde a una devolución de capital internado, no gravada según el inciso primero del artículo 59 de la Ley de la Renta.
- El tratamiento tributario del canje de bonos por acciones se basa en que el valor de canje de las acciones respectivas sea igual al valor estipulado originalmente.
• Decisión del SII y sus efectos:
- Confirma que los intereses están afectos al Impues...
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