Oficio N°3438 (10-09-1993)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII rechaza la solicitud de devolución de impuesto único del artículo 71 del DL 3.500 sobre retiros de cuentas de ahorro voluntario, al considerar que este impuesto se aplica sobre el monto total del retiro, sin distinción entre capital y rentabilidad.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2498, del 05 de octubre de 1993, emitido por el Director del Servicio de Impuestos Internos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Dirección Regional de Copiapó consulta a la Dirección Nacional del SII sobre la solicitud de devolución de impuesto único presentada por el Sr. Sergio Cuturrufo Franco, relacionada con retiros de su cuenta de ahorro voluntario en AFP El Libertador, conforme a los artículos 22 y 71 del Decreto Ley N° 3.500 de 1980. El contribuyente argumenta que la AFP retuvo impuesto en exceso, al aplicar el artículo 71 sobre el total del retiro y no solo sobre la rentabilidad, según las normas del artículo 41 bis de la Ley de la Renta.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinar si el impuesto único del artículo 71 del DL 3.500 debe aplicarse sobre el monto total del retiro de la cuenta de ahorro voluntario o solo sobre la rentabilidad generada por los depósitos.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente sostiene que el impuesto único del artículo 71 del DL 3.500 debe aplicarse solo sobre la rentabilidad generada por los depósitos en la cuenta de ahorro voluntario, determinada según el artículo 41 bis de la Ley de la Renta.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita los artículos 21, 22 y 71 del Decreto Ley N° 3.500 y el artículo 41 bis de la Ley de la Renta. Menciona el Oficio Ord. N° 1.641, de 06.08.93.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII argumenta que el artículo 71 del DL 3.500 establece un impuesto únic...
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