Oficio N°2007 (26-05-1994)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII aclara la aplicación del castigo de inventarios de libros según la Ley 19.227 y su interacción con el IVA. Define el cálculo del castigo, el uso del crédito fiscal del IVA y el tratamiento de retiros y donaciones de libros.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.007, de 26 de mayo de 1994, de la Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Indirectos del Servicio de Impuestos Internos (SII). La materia se refiere a la Ley N° 19.227 que crea el Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura. Se analizan los artículos 8 letra d), 16 y 23 del DL N° 825 y el artículo 10 de la Ley 19.227. También se cita la Circular N° 50, de 4 de noviembre de 1993. Los temas centrales son el castigo de inventarios de libros, el crédito fiscal del IVA y las franquicias tributarias. Los contribuyentes involucrados son editores, distribuidores, libreros y otros vendedores por cuenta propia del giro del libro, contribuyentes de la Primera Categoría que declaren renta efectiva mediante contabilidad completa o simplificada.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: No se explicita una consulta específica, sino que se entregan instrucciones generales sobre la aplicación de la Ley N° 19.227.
• Consultas específicas planteadas al SII: No se explicita una consulta específica, sino que el SII aborda la interpretación y aplicación de la ley.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita argumentación del consultante.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el artículo 10 de la Ley N° 19.227, el artículo 8, letra d), 16 y 23 del DL N° 825 (Ley del IVA), y la Circular N° 50, de 04 de noviembre de 1993.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en la Ley N° 19.227, en la Ley del IVA (DL N° 825) y en la Circular N°...
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