Oficio N°398 (07-02-1995)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación de la franquicia tributaria del Estatuto de Capacitación y Empleo en la contratación de relatores extranjeros, distinguiendo entre personas naturales y jurídicas, y confirmando la vigencia del Oficio Ord. N° 2.780/1985 con salvedades.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 398, del 07.02.95, de la Subdirección Normativa del SII, Depto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) consulta al SII sobre la vigencia del procedimiento establecido en el Oficio Ord. N° 2.780, del 31.07.85, para aplicar la franquicia del artículo 24 del Estatuto de Capacitación y Empleo al contratar extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile para impartir cursos de capacitación. Pregunta también si existen diferencias cuando el instructor pertenece a una empresa extranjera.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- ¿Está vigente el procedimiento del Oficio Ord. N° 2.780/1985 para aplicar la franquicia al contratar extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile?
- ¿Existen diferencias si el instructor pertenece a una empresa extranjera en lugar de ser una persona natural sin domicilio ni residencia?
• Argumentos del consultante: No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
- Artículo 24 del DL N° 1.446 (Estatuto de Capacitación y Empleo).
- DFL N° 1 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado el 27.09.89.
- Oficio Ord. N° 2.780, del 31.07.85.
- Oficio Circular N° 3.268, del mismo año.
- Circular N° 34 de 1993.
- Boletín N° 476 del SII, de julio de 1993.
- Oficio Ord. N° 1.815, del 13.06.90.
- Decreto Supremo N° 146, del 05.03.90, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se...
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