Oficio N°1077 (18-04-1995)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII aclara el tratamiento tributario de retiros de cuentas de ahorro voluntario en AFP, según la Ley 19.247 y el artículo 57 bis de la Ley de la Renta, para saldos inferiores a 100 UTA al 01.01.94.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 229, del 18 de abril de 1995, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se refiere a la situación tributaria de las Cuentas de Ahorro Voluntario abiertas en las AFP con saldo inferior a 100 UTA al 01.01.94.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita al SII confirmar la forma legal de extender el certificado por retiros efectuados durante 1994 de una Cuenta de Ahorro Voluntario en una AFP. Al 01.01.94, la cuenta registraba un saldo inferior a 100 UTA y no se ejerció la opción del artículo 57 bis de la Ley de la Renta. La consulta busca aclarar divergencias con la AFP respecto a este documento.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cuál es el tratamiento tributario aplicable a los retiros efectuados durante 1994 de una Cuenta de Ahorro Voluntario en una AFP, cuyo saldo al 01.01.94 era inferior a 100 UTA, y no se acogió al artículo 57 bis de la Ley de la Renta?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El contribuyente indica que, según la Circular N° 808 de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, el saldo de la cuenta al 01.01.94 debe contabilizarse como primer depósito, aplicando el régimen general de tributación del artículo 22 del D.L. N° 3.500 de 1980 a los retiros.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Artículo 22 de la Ley N° 19.247, que sustituyó el inciso final del artículo 22 del D.L. N° 3.500, de 1980.
* Artículo 10 transitorio de la Ley N° 19.247.
* Artículo 62 del D.L. N° 3.500.
* ...

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