Resolución N°5111 (25-10-1995)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

Resolución Exenta N° 5111 del SII, de 25 de octubre de 1995, obliga a bancos e instituciones financieras a informar intereses pagados a clientes por depósitos no acogidos al Art. 57 bis LIR, a partir del Año Tributario 1996, mediante declaración jurada anual.

Resumen

• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta N° 5111, de fecha 25 de octubre de 1995, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Contexto normativo y competencia del SII: La resolución se basa en los artículos 1 y 7 de la Ley Orgánica del SII, el artículo 6 letra A), N° 1 del Código Tributario, y el inciso final del artículo 101 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), incorporado por la Ley N° 19.398.
• Antecedentes administrativos relevantes: La Ley N° 19.398 modificó el artículo 101 de la LIR, estableciendo la obligación para bancos e instituciones financieras de informar los intereses pagados o abonados a sus clientes.
• Materia y objetivos de la resolución: La resolución establece la obligación para los bancos e instituciones financieras de informar al SII sobre los intereses pagados o abonados en cuenta a sus clientes por depósitos de cualquier naturaleza no acogidos al mecanismo de incentivo al ahorro del Art. 57 bis de la LIR. El objetivo es verificar el cumplimiento del régimen tributario aplicable a dichas rentas.
• Contenido principal e instrucciones impartidas: Los bancos e instituciones financieras deben informar los intereses pagados o abonados a clientes con o sin domicilio ni residencia en Chile, por depósitos de cualquier naturaleza no acogidos al Art. 57 bis de la LIR. La información debe proporcionarse anualmente a través de medios magnéticos (cinta magnética o cartridge) utilizando formatos de registro específicos (Anexos 1, 2, 3 y 4). Se debe utilizar el Formulario 1890 (Anexo 5). Para inversionistas con domicilio o residencia en C...

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