Circular N°59 (09-10-1997)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
La Circular N° 59 del SII, de 1997, establece el tratamiento tributario de los gastos de vehículos de propiedad de los trabajadores, permitiendo su deducción como gasto para la empresa y no considerándolos renta para el trabajador, bajo ciertos requisitos y límites.
Resumen
• Datos básicos de la circular: Circular N° 59, de 09 de octubre de 1997, del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Contexto normativo y objetivo: Establecer el tratamiento tributario de los gastos en que incurren los trabajadores por el uso de vehículos de su propiedad en actividades de ventas y otras funciones laborales fuera de la empresa.
• Alcance y ámbito de aplicación: Aplica a empresas que reembolsan a sus trabajadores gastos por el uso de sus vehículos personales en el desempeño de funciones laborales, específicamente a vendedores, promotores, supervisores de venta o cobradores, cuyo contrato estipule la necesidad de desplazamientos reiterados en sus vehículos.
• Principales instrucciones y criterios interpretativos:
- Asignación de Traslación: Los reembolsos se considerarán asignación de traslación si cumplen los requisitos establecidos.
- Requisitos para el Trabajador:
- Debe comprobarse la necesidad de trasladarse en su jornada laboral.
- El contrato debe estipular que el trabajador requiere desplazamientos reiterados en su vehículo.
- Las sumas pagadas deben basarse en las distancias efectivas recorridas.
- Las cantidades no deben pagarse por un tiempo indeterminado para aumentar la remuneración.
- Requisitos para la Empresa:
- Obligación de pago estipulada en contratos o convenios colectivos.
- Acreditación de la propiedad del vehículo por parte del trabajador.
- Determinación de las sumas a reembolsar mediante un procedimiento objetivo.
- Los reembolsos deben correspo...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.