Oficio N°1835 (13-07-1998)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que el servicio de análisis mineralógico de muestras prestado por la Universidad de Atacama está gravado con IVA, clasificándolo en el artículo 20 N° 4 de la LIR, por requerir exámenes de laboratorio.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 001835, 13 de julio de 1998, del Director del Servicio de Impuestos Internos al Director Regional de la III Dirección Regional. Materia: IVA aplicable a servicios de análisis de muestras minerales prestados por la Universidad de Atacama.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una empresa minera consulta sobre la tributación con IVA de los servicios de análisis de muestras de minerales prestados por la Universidad de Atacama. El servicio consiste en chancado y molienda de las muestras para análisis mineralógico, culminando con un informe que indica tipo y calidad del mineral.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Está gravado con IVA el servicio de análisis mineralógico de muestras prestado por la Universidad de Atacama?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): No se explicita.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Artículo 8° del D.L. N° 825, de 1974, sobre Impuesto al Valor Agregado, que grava las ventas y los servicios.
* Artículo 2° N° 2 del D.L. N° 825, que define servicio.
* Artículo 20 N° 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que se refiere a las rentas provenientes de laboratorios.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII fundamenta su decisión en que el servicio prestado por la Universidad de Atacama requiere exámenes practicados en laboratorios, encuadrándose en el N° 4 del artículo 20 de la Ley de la Renta.
• Decisión del SII y sus efectos: El SII determina que el servicio de análisis mineralógico de muestras d...
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