Oficio N°2400 (01-06-1999)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII establece que la operación de "Venta Corta y Préstamo de Acciones" constituye una enajenación según el artículo 17 N°8 letra a) de la LIR, no estando afecta a IVA ni Impuesto de Timbres y Estampillas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° [No indica número], de fecha [No indica fecha], del Servicio de Impuestos Internos (SII), dirigido al Sr. Jose A. Martinez Zugarramurdi, Gerente General de la Bolsa de Comercio de Santiago, sobre la situación tributaria del producto denominado Venta Corta y Préstamo de Acciones.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Bolsa de Comercio de Santiago consulta al SII sobre el tratamiento tributario en la Ley de la Renta, IVA y Ley de Timbres y Estampillas del nuevo producto "Venta Corta y Préstamo de Acciones", considerando los distintos tipos de contribuyentes que pueden optar por dicho sistema. Se adjunta a la consulta una modificación al Manual de Operaciones sujetas a Modalidades Especiales que define la operación de préstamo de acciones.
• Consultas específicas planteadas al SII: Determinación de la forma de tributación aplicable a la operación de "Venta Corta y Préstamo de Acciones" en relación con los impuestos de la Ley de la Renta, Impuesto al Valor Agregado y Ley de Timbres y Estampillas, considerando los distintos tipos de contribuyentes.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante plantea una forma de tributación que, en su opinión, afectaría a los distintos tipos de contribuyentes.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Artículos 1793 y 1794 del Código Civil; Artículo 17 N° 8 letra a) de la Ley sobre Impuesto a la Renta; Artículos 18, incisos 2, 3 y 4 de la Ley de la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII determina que el...
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