Circular N°49 (03-09-1999)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N°49 del SII, de 1999, informa sobre las modificaciones a las tasas de Impuestos de Timbres y Estampillas, introducidas por la Ley N°19.589, que entrarán en vigencia el 1 de enero de 2002. Se detallan los nuevos porcentajes aplicables a diversos documentos y operaciones de crédito.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N° 49, de 3 de septiembre de 1999, del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Modificación, a contar del 1° de enero de 2002, de las tasas de los Impuestos de Timbres y Estampillas.

• Contexto normativo y objetivo: La Ley N° 19.589, publicada en el Diario Oficial el 14 de noviembre de 1998, introduce modificaciones al Decreto Ley N° 3.475, de 1980, que establece los impuestos de timbres y estampillas. El objetivo principal es reemplazar las tasas del impuesto.

• Alcance y ámbito de aplicación: Las modificaciones afectan a letras de cambio, libranzas, pagarés, créditos simples o documentarios y cualquier otro documento que contenga una operación de crédito de dinero. También se incluyen las prórrogas o renovaciones de operaciones de crédito del exterior y documentos necesarios para importar mercancías o ingresarlas desde el extranjero a zona franca bajo ciertos sistemas de pago.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos: Se modifican las tasas aplicables a los documentos que contienen operaciones de crédito de dinero, estableciendo una tasa de 0,134% por cada mes o fracción entre la emisión y el vencimiento, con un tope de 1,608%. Para operaciones a la vista o sin plazo, la tasa es de 0,67%. Esta última tasa también aplica a créditos cuya obligación de devolución se estipule exigible en un plazo no mayor a cinco meses. Se establecen reglas para prórrogas y renovaciones.

• Ejemplos o casos ilustrativos incluidos: No se incluyen ejemplos o casos ilustrativos.

• Normativa, resoluciones y jurisprudencia citadas: Se c...

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