Oficio N°4334 (10-11-2000)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII aclara que las empresas a renta presunta pueden acceder al crédito por gastos de capacitación respecto de sus propietarios o socios que trabajen en ellas, cumpliendo ciertos requisitos laborales, previsionales y tributarios.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4334 del 14 de noviembre de 2000, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Aclara los términos en que empresas o sociedades acogidas a renta presunta pueden acceder al crédito por gastos de capacitación respecto de sus propietarios o socios que trabajen en ellas.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Se consulta al SII sobre la aplicabilidad de la franquicia tributaria de capacitación (Ley N° 19.518) a empresarios individuales o socios de sociedades de personas que trabajan en empresas de su propiedad acogidas al régimen de renta presunta.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es factible que los contribuyentes, personas naturales, que sean empresarios individuales o socios de sociedades de personas, que trabajen en las empresas unipersonales o sociedades de las cuales sean sus propietarios o socios, y calificadas éstas últimas como contribuyentes de Primera Categoría que determinen su renta imponible a base de renta presunta, puedan acceder a la franquicia tributaria de capacitación?
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el artículo 36 y el inciso segundo del artículo 30 de la Ley N° 19.518, y la Circular N° 19 de 1999.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII realiza un nuevo estudio sobre el tema y considera que el inciso segundo del artículo 30 de la Ley N° 19.518 define al término "trabajador" incluyendo a personas naturales y socios que trabajan en sus propias empresas.
• Decisión de...
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