Oficio N°3262 (06-09-2002)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que las remesas al exterior para pagar servicios legales en el extranjero están afectas al Impuesto Adicional (art. 59 N°2 LIR), con una tasa del 20%, al ser considerados asesorías técnicas.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 3262, de 06.09.2002. El Director del SII se pronuncia sobre el Impuesto Adicional que afecta a remuneraciones por servicios prestados en el exterior.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente requiere gestionar un exhorto judicial internacional y para ello contrata un estudio jurídico en el extranjero. Consulta si el pago de honorarios a dicho estudio está afecto al Impuesto Adicional del 20% según el artículo 59 N° 2 de la Ley de la Renta (LIR) y si implica una remesa de dinero al exterior sujeta a retención según el artículo 74 N° 4 de la misma ley.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿El pago por los servicios encomendados al estudio jurídico extranjero está afecto al Impuesto Adicional del artículo 59 N° 2 de la LIR?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante argumenta que la labor encomendada al estudio jurídico no se ajusta a la definición de "asesoría técnica", por lo que no debería estar afecta al impuesto adicional.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Oficio N° 4.587, de fecha 23 de Noviembre de 2000, de la Subdirección Normativa del SII, que define "asesoría técnica". Se citan los artículos 59 N° 2 y 74 N° 4 de la Ley de la Renta.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII considera que los servicios legales prestados en el extranjero, que implican la entrega de informes, material relacionado y representación judicial, se encuentran afectos al Impuesto Adicional del 20% como impuesto único a la r...
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