Oficio N°11 (02-01-2003)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 11 de 2003, clarifica la contabilización y corrección monetaria de inversiones en el exterior, créditos a deudores argentinos y pasivos con acreedores argentinos, conforme al Art. 41 de la LIR, sin instruir sobre métodos contables.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 11, de 02 de enero de 2003, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Contabilización de las inversiones en el exterior efectuadas por inversionistas nacionales, en relación con el artículo 41 N° 4 y 10 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente de Primera Categoría, que declara renta efectiva según contabilidad completa y obtiene rentas del artículo 20 N° 3 y 4 de la LIR, proyecta invertir en acciones de sociedades anónimas en el exterior, posiblemente bajo el Artículo 41 A de la LIR para evitar la doble tributación. Surgen dudas sobre la valorización de estas inversiones, especialmente en cuanto a la corrección monetaria y la determinación del costo tributario al enajenar. Adicionalmente, se consulta sobre el tratamiento de inversiones, créditos y pasivos con entidades en Argentina, considerando el Convenio para Evitar la Doble Tributación vigente entre ambos países.
• Consultas específicas planteadas al SII:
a) ¿Cuál es el tipo de cambio a utilizar para la corrección monetaria de las inversiones en el exterior, considerando la Circular 52 de 1993 y el artículo 41 B N° 4 de la LIR?
b) ¿Cómo se debe realizar la corrección monetaria de inversiones en Argentina, considerando el Convenio para Evitar la Doble Tributación con ese país, y si deben aplicarse las normas generales del artículo 41 de la LIR en lugar del artículo 41 B N° 4?
c) ¿Cómo se debe realizar la corrección monetaria de créditos otorgados a deudores argentinos y de pasivos contraídos con acreedo...
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