Oficio N°2869 (07-07-2004)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII absuelve consultas sobre el Convenio Chile-Perú para evitar la doble tributación y el art. 41° D de la LIR, касающиеся beneficios empresariales, sociedades plataforma de negocios и patente municipal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 2.869, de 07.07.2004, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Tratado Internacional para evitar la doble tributación suscrito entre Chile y Perú; Art. 41° D de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR); Ley N° 18.046, Art. 86° y 87°; D.L. N° 3.063, sobre Rentas Municipales; Circular N° 43, de 2003. Abusuelve consultas relativas al tratado y al artículo 41° D de la LIR. Dirección: Subdirección Normativa, Dpto. de Técnica Tributaria.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente presenta una solicitud al SII para aclarar diversas situaciones relacionadas con el Convenio Internacional para Evitar la Doble Tributación entre Chile y Perú y con el artículo 41° D de la LIR.
• Consultas específicas planteadas al SII:
- Tratamiento tributario en Perú de ingresos de empresa chilena por servicios prestados exclusivamente en Chile a empresa peruana.
- Tratamiento tributario si profesionales chilenos viajan a Perú para prestar parte del servicio, con estadía superior a 183 días.
- Requisitos para que sociedades "plataforma de negocios" presten servicios al exterior a empresas en las que han invertido, según el Art. 41° D de la LIR, incluyendo:
a) Concepto de empresa relacionada y si requiere un monto mínimo de tenencia accionaria.
b) Requisitos del servicio prestado, incluyendo la posibilidad de subcontratación.
c) Tipos de servicios comprendidos (contables, administrativos, computacionales, etc.). - Obligación de las "Sociedades Plataforma de Negocios" de declarar y pagar patente municipal, y base para...
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