Oficio N°689 (16-03-2005)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la forma de acreditar el origen de fondos provenientes del extranjero para personas naturales que retornan a Chile y desean invertir, señalando que pueden usar diversos medios de prueba, pero el SII no puede calificar a priori su suficiencia.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 689, de 16.03.2005, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Una persona natural de nacionalidad chilena, que perdió su domicilio y residencia en Chile y ha trabajado ininterrumpidamente en el extranjero desde 1993, percibiendo rentas afectas a impuestos en el extranjero y sin generar rentas de fuente chilena (salvo por el arriendo de un departamento DFL 2), ha sido contratada por una empresa chilena a partir de octubre de 2004. El contribuyente tiene la intención de repatriar divisas ahorradas durante sus años de trabajo en el exterior para invertir en Chile.
• Consultas específicas planteadas al SII
- ¿Se confirman que las rentas obtenidas en el extranjero por personas nacionales sin residencia ni domicilio en el país no se gravan con impuestos en Chile?
- ¿El ingreso de fondos, acompañado de contratos de trabajo, liquidaciones de sueldo y realizados a través de los mecanismos cambiarios del Banco Central, constituyen antecedentes suficientes que justifiquen el origen y disponibilidad de las divisas para futuras inversiones en Chile?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
El consultante argumenta que las rentas obtenidas en el extranjero no constituyen rentas de fuente chilena según el artículo 10 de la LIR y el Oficio N° 1855 de 1977. El ingreso de divisas se ajustará al Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambio Internacional del Banco Central. Los contratos de trabajo y liquidaciones de sueldo son prueba de que las divisas no son de fuent...
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