Oficio N°689 (16-03-2005)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII se pronuncia sobre la forma de acreditar el origen de fondos provenientes del extranjero para personas naturales que retornan a Chile y desean invertir, señalando que pueden usar diversos medios de prueba, pero el SII no puede calificar a priori su suficiencia.

Resumen

• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 689, de 16.03.2005, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
Una persona natural de nacionalidad chilena, que perdió su domicilio y residencia en Chile y ha trabajado ininterrumpidamente en el extranjero desde 1993, percibiendo rentas afectas a impuestos en el extranjero y sin generar rentas de fuente chilena (salvo por el arriendo de un departamento DFL 2), ha sido contratada por una empresa chilena a partir de octubre de 2004. El contribuyente tiene la intención de repatriar divisas ahorradas durante sus años de trabajo en el exterior para invertir en Chile.

• Consultas específicas planteadas al SII

  1. ¿Se confirman que las rentas obtenidas en el extranjero por personas nacionales sin residencia ni domicilio en el país no se gravan con impuestos en Chile?
  2. ¿El ingreso de fondos, acompañado de contratos de trabajo, liquidaciones de sueldo y realizados a través de los mecanismos cambiarios del Banco Central, constituyen antecedentes suficientes que justifiquen el origen y disponibilidad de las divisas para futuras inversiones en Chile?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
El consultante argumenta que las rentas obtenidas en el extranjero no constituyen rentas de fuente chilena según el artículo 10 de la LIR y el Oficio N° 1855 de 1977. El ingreso de divisas se ajustará al Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambio Internacional del Banco Central. Los contratos de trabajo y liquidaciones de sueldo son prueba de que las divisas no son de fuent...

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