Oficio N°4651 (24-11-2005)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que la venta de bienes situados en el extranjero entre contribuyentes domiciliados en Chile, que luego son importados, se documenta con facturas de ventas y servicios no gravados o exentos, según la Res. 6.080 de 1999, no con la Res. 5.007 de 2000.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 4.651, de 24.11.2005, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Indirectos. Materia: Documentación a emitir en venta de bienes situados en el extranjero que luego son importados a Chile.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa XXXXXXXX Ltda. vende locomotoras y bienes relacionados a YYYYYY, estando estos bienes en el extranjero. YYYYYY importa posteriormente los bienes a Chile. XXXXXXXX Ltda. emitió facturas de ventas y servicios no gravados o exentos según la Res. 6.080 de 1999, pero la Dirección Regional consultante cree que debió usarse la Res. 5.007 de 2000.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Es correcto el procedimiento de facturación empleado por XXXXXXXX Ltda., o debió emitir la documentación según la Res. 5.007 de 2000?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La Dirección Regional estima que correspondía la emisión de la documentación regulada en la Res. 5.007 de 2000.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Art. 4° del D.L. 825 de 1974; Res. Exentas N°s 6.080, de 1999 y 5007, de 2000; Art. 55° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La venta de bienes corporales muebles situados fuera de Chile al momento de la convención no está afecta al IVA por carecer del elemento territorial. La Res. 6.080 de 1999 exige emitir facturas por ventas o servicios no gravados o exentos de IVA. La Res. 5.007 de 2000 se aplica a bienes situados en el extranjero qu...
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