Oficio N°1197 (29-03-2006)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que los comerciantes de medios de prepago de telefonía e internet, afectados por el cambio de sujeto del IVA, deben emitir factura en ventas a otros comerciantes, aunque no se recargue IVA, para cumplir con la Ley 19.983.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.197, de 29.03.2006, de la Subdirección Normativa del SII, Depto. de Impuestos Directos. Materia: Documentos que deben emitirse entre comerciantes afectados por el cambio de sujeto en la venta de medios de prepago de telefonía e Internet.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Consulta sobre la documentación que deben emitir los comerciantes de medios de prepago de telefonía e Internet, considerando el cambio de sujeto del IVA y la exención de emitir boletas según la Res. Ex. N° 109 de 2005. Se busca aclarar si persiste la obligación de emitir facturas entre comerciantes.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Qué documentos deben emitir los comerciantes afectados por el cambio de sujeto del IVA en la venta de medios de prepago de telefonía e Internet, específicamente entre comerciantes vendedores?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante señala que la Res. Ex. N° 109 de 2005 exime de emitir boletas a los vendedores de tarjetas de prepago que no son agentes retenedores, pero no aclara si deben emitir facturas en la comercialización entre comerciantes.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Res. Ex. N° 109, de 2005.
* Artículos 52° y 53° de la Ley del IVA.
* Ley 19.983.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La Res. Ex. N° 109 de 2005 solo exime de emitir boletas a los vendedores que no son agentes retenedores. Los artículos 52° y 53° de la Ley del IVA obligan a emitir factura en operaciones entre vendedores. ...
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