Oficio N°1483 (14-07-2008)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1.483 de 2008, establece que el régimen tributario preferencial del artículo 18 ter de la LIR solo aplica a acciones de sociedades anónimas chilenas, no a las constituidas bajo ley extranjera, incluso si se transan en bolsa offshore.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 1.483, de 14.07.2008, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Impuestos Directos. Se refiere a la aplicabilidad del artículo 18 ter de la Ley de la Renta a acciones de sociedades anónimas constituidas bajo ley extranjera.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente solicita al SII confirmar si las acciones de sociedades anónimas constituidas bajo ley extranjera pueden acogerse al tratamiento tributario especial del artículo 18 ter de la Ley de la Renta, particularmente si son adquiridas bajo el marco de una operación de bolsa offshore según el Título XXIV de la Ley N° 18.045.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Son aplicables las disposiciones del artículo 18 ter de la Ley de la Renta a las acciones de sociedades anónimas constituidas bajo ley extranjera, especialmente si se adquieren en operaciones de bolsa offshore?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): El consultante basa su solicitud en la interpretación de las normas del artículo 18 ter de la Ley de la Renta, en relación con las operaciones de bolsa offshore reguladas por la Ley N° 18.045.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita la Circular N° 35, de fecha 16.06.2008, del SII.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: El SII se basa en la interpretación armónica de las normas legales y en lo establecido en la Circular N° 35 de 2008, para concluir que el régimen preferencial del artículo 18 ter solo es aplicable a inversiones en acciones de ...
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