Resolución N°19 (04-02-2009)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Resolución Exenta SII N°19, de 2009, establece la forma en que las AFP y otras instituciones deben informar y certificar al SII y a los contribuyentes sobre los depósitos y retiros de ahorro previsional voluntario según el Art. 42 bis de la LIR, derivado de la Ley 20.255. Deroga la Resolución Exenta N° 34 de 2002.

Resumen

Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta SII N° 19, de fecha 04 de febrero de 2009. Materia: Establece nueva forma de informar y certificar la información sobre la situación tributaria de los depósitos y retiros de ahorro previsional voluntario (APV), cotizaciones voluntarias y ahorro previsional voluntario colectivo, según el artículo 42 bis de la Ley de la Renta (LIR). Deroga la Resolución Exenta N° 34, de 13 de diciembre de 2002.
Contexto normativo y competencia del SII: El Servicio de Impuestos Internos (SII) emite esta resolución en virtud de los artículos 1 y 7 de su Ley Orgánica, el artículo 6 letra A) N° 1 del Código Tributario, los artículos 42 bis y 50 inciso tercero de la LIR, los artículos 20, 20 B, 20 D, 20 E, 20 F, 20 H y 20 L del D.L. N° 3.500, de 1980, y la Ley N° 20.255.
Antecedentes administrativos relevantes: El SII considera necesario verificar el cumplimiento tributario de los depósitos y retiros de APV, cotizaciones voluntarias y APV colectivo acogidos al artículo 42 bis de la LIR.
Materia y objetivos de la resolución: La resolución busca establecer una nueva forma en que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y otras instituciones autorizadas deben cumplir con la obligación de informar al SII y certificar a los ahorrantes y empleadores sobre la situación tributaria de los depósitos y retiros de APV, cotizaciones voluntarias y APV colectivo, de acuerdo a la Ley N° 20.255.
Contenido principal e instrucciones impartidas:

  • Las AFP, bancos, instituciones financieras, administradoras de fondos mutuos, c...

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