Oficio N°1264 (21-04-2009)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1.264 de 2009, determinó que pagarés y bonos emitidos por instituciones financieras para captar fondos de inversionistas locales están exentos del Impuesto de Timbres y Estampillas, bajo ciertas condiciones de intermediación financiera.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 1.264, de 21 de abril de 2009, emitido por la Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria del Servicio de Impuestos Internos (SII).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
La empresa XXXXX S.A., una institución financiera inscrita en la Superintendencia de Valores y Seguros desde junio de 2002, consulta sobre la aplicabilidad de la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas (ITE) establecida en el artículo 24 N°6 del D.L. N°3.475 a los pagarés y bonos que emite para captar fondos de inversionistas locales.
• Consultas específicas planteadas al SII
Confirmación de si XXXXX S.A. puede beneficiarse de la exención del ITE según el artículo 24 N°6 del D.L. N°3.475, para documentos que respalden operaciones de crédito de dinero al captar capitales de inversionistas locales, necesarios para su giro financiero.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
XXXXX S.A. argumenta que, conforme a la Ley N°18.045 sobre Mercado de Valores, emite pagarés y bonos captando fondos de inversionistas locales, cumpliendo los requisitos de la Resolución N°137 de 1975 del SII. Además, está autorizada para captar fondos y efectuar préstamos u otras operaciones de intermediación financiera. Cita la Circular conjunta de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y de la Superintendencia de Valores y Seguros, de 16 de enero de 2002, que flexibiliza las restricciones sobre el uso de fondos captados del público.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
- Artículo 24 N°6 del ...
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