Circular N°49 (28-08-2009)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

La Circular N°49 del SII, de 2009, modifica los procedimientos de atención y emisión de giros a contribuyentes que no han presentado su declaración de impuestos en el Formulario 29, establecidos en la Circular N°48 de 2004, optimizando la atención y el proceso para estos contribuyentes.

Resumen

• Datos básicos de la circular: Circular N°49, de 28 de agosto de 2009, del Servicio de Impuestos Internos. Materia: Modifica procedimientos de atención y emisión de giro a contribuyentes que no han presentado su declaración de impuestos en Formulario 29, establecidos en la Circular N° 48 de 30 de septiembre de 2004.

• Contexto normativo y objetivo: La circular modifica las instrucciones sobre el procedimiento de atención a contribuyentes que no presentan el Formulario 29 en el plazo legal, buscando mejorar la atención a estos contribuyentes.

• Alcance y ámbito de aplicación: Contribuyentes que no presentan el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos en el plazo legal.

• Principales instrucciones y criterios interpretativos:

  • Se reemplazan los párrafos del acápite 3.3.1 de la Circular N° 48, permitiendo a los contribuyentes declarar y pagar a través de internet con condonación parcial de intereses y multas, o directamente en instituciones financieras.
  • Si el contribuyente requiere un giro, debe concurrir a la unidad del SII correspondiente a su domicilio. El funcionario verificará los antecedentes, ingresará la información al sistema y emitirá un "comprobante de atención". El giro se emitirá a las 20:00 hrs del mismo día y será notificado por carta certificada.
  • El comprobante de atención no es la declaración de impuestos omitida. El contribuyente seguirá sin cumplir su obligación hasta pagar los impuestos del giro.
  • Una vez generado el giro, el contribuyente no podrá ingresar su declaración vía web, pero podrá pagar el giro...

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