Oficio N°550 (06-04-2010)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII analiza la tributación de una renta vitalicia pagada con la enajenación de derechos sociales. Ratifica el criterio del Oficio 192 de 2005, diferenciando el tratamiento tributario de la cesión de derechos sociales y de la renta vitalicia propiamente tal.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 550, de 06.04.2010, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Un contribuyente persona natural evalúa vender sus derechos sociales en dos sociedades agrícolas a una sociedad de responsabilidad limitada (Sociedad XX Ltda.) no relacionada, por un valor de $480 millones, equivalente a su costo tributario. A cambio, la Sociedad XX Ltda. pagaría una renta vitalicia de $2 millones mensuales al agricultor. Se busca aclarar el criterio del Oficio 192 de 2005 sobre la tributación de estas rentas vitalicias.
• Consultas específicas planteadas al SII: Confirmar si las rentas vitalicias recibidas por la venta de derechos sociales están exentas de impuesto hasta que el monto total recibido exceda los $480 millones, valor de los derechos sociales.
• Argumentos del consultante: El contribuyente argumenta que no hay renta gravable hasta que los pagos excedan el valor de los derechos sociales, ya que solo se cambia un activo por otro. La aleatoriedad del contrato de renta vitalicia implica que solo habrá utilidad si la renta se recibe por más de 20 años. Si el cliente fallece antes, la sociedad obtendría un incremento patrimonial no gravado según el artículo 17 N° 10 de la LIR.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Cita el Oficio 192 de 2005, el artículo 17 N° 4, el artículo 20 N° 2 y el artículo 41 N° 9 de la LIR, el artículo 64 del Código Tributario, y los artículos 2264, 2267 y 2268 del Código Civil.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: ...
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.