Oficio N°303 (31-01-2012)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

El SII determina que el impuesto del 35% sobre préstamos a accionistas no aplica cuando el préstamo de una S.A. cerrada a un accionista persona natural es para su empresa individual con contabilidad completa, siempre que se acredite su uso en el giro empresarial.

Resumen

• Datos básicos del Oficio: Oficio N° 303, de 31.01.2012, Subdirección Normativa, Dpto. de Impuestos Directos. Materia: Alcance de la expresión “persona natural” en el Art. 21 de la LIR, para préstamos de S.A. cerrada a accionista persona natural con iniciación de actividades como empresario individual.

• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: Una S.A. cerrada otorgó un préstamo a un accionista persona natural, quien tiene iniciación de actividades como empresa individual con giro en inversiones, afecto al Impuesto de Primera Categoría. El accionista también es representante legal de la sociedad y declara los dividendos en el Impuesto Global Complementario.

• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Debe gravarse el préstamo conforme al inciso 3° del Art. 21 de la LIR, considerando que el accionista es, a la vez, empresario individual afecto a la Primera Categoría?

• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): La S.A. argumenta que el Art. 21 grava préstamos a accionistas personas naturales contribuyentes de impuestos finales, no a aquellos que actúan como empresarios individuales sujetos a la Primera Categoría.

• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Circular N°37, de 1995, sobre el tratamiento tributario de los préstamos a accionistas personas naturales.

• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII: La LIR distingue entre la persona natural y su empresa individual (Art. 14 y 41). El Art. 21 busca evitar la distribución encubierta de dividendos. La norma del Art. 21 no se aplica si el préstamo se destina a...

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