Resolución N°50 (04-04-2012)

Servicio de Impuestos Internos de Chile

Abstracto

Resolución Exenta SII N° 50, 04.04.2012. Establece forma y plazo para la Declaración Jurada 1848 sobre transacciones de inversionistas extranjeros y cumplimiento de requisitos según el Art. 106 de la LIR. Agentes responsables e intermediarios deben declarar vía electrónica. Reemplaza Resoluciones Ex. SII N° 56 y N° 103.

Resumen

• Datos básicos de la resolución: Resolución Exenta SII N° 50, de 4 de abril de 2012. Materia: Establece forma y plazo de declaración jurada para agentes responsables e intermediarios respecto de inversionistas extranjeros, según Res. Ex. SII N° 36/2011 y Art. 106 de la LIR. Establece obligación de exigir, mantener y disponer de las declaraciones juradas del N° 6 del Art. 106 de la LIR.

• Contexto normativo y competencia del SII: Artículos 6, 60 y 63 del Código Tributario; artículos 1 y 7 de la Ley Orgánica del SII; artículo 106 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), incorporado por la Ley N° 20.448; y Resolución Exenta SII N° 36/2011. El SII tiene la facultad de aplicar y fiscalizar impuestos internos, comprobar la exactitud de las declaraciones y obtener información relevante.

• Antecedentes administrativos relevantes: La Resolución Exenta SII N° 36/2011 establece un procedimiento simplificado para inversionistas extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile. El artículo 106 de la LIR exime de impuestos el mayor valor obtenido por inversionistas institucionales extranjeros en la enajenación de ciertos valores, sujeto a requisitos.

• Materia y objetivos de la resolución: Establecer la forma y plazo para la presentación de la Declaración Jurada anual (Formulario N° 1848) por parte de los agentes responsables e intermediarios, relativa a las transacciones de inversionistas extranjeros y al cumplimiento de los requisitos del artículo 106 de la LIR.

• Contenido principal e instrucciones impartidas: Los agentes responsables (Res. Ex. SII N° 36/2011) y los agentes int...

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