Oficio N°3303 (03-12-2012)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII se pronuncia sobre la aplicación de beneficios del DFL N° 2 de 1959 a dos viviendas construidas en un mismo terreno sin subdividir. Aclara cómo se computan las viviendas para el límite de dos por persona natural y la exención del impuesto territorial.
Resumen
• Datos básicos del Oficio
Oficio N° 3303, de 03.12.2012, del Servicio de Impuestos Internos, Subdirección Normativa, Departamento de Técnica Tributaria.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes
YYY es propietario de un terreno donde es posible construir dos viviendas. Su interés es acogerse a los beneficios del DFL N° 2 de 1959, manteniendo ambas viviendas en una sola propiedad, sin subdivisión ni acogimiento a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Le preocupa la evaluación de las viviendas con diferentes superficies y exenciones de impuesto territorial.
• Consultas específicas planteadas al SII
- Si al construir dos viviendas DFL N° 2 en una propiedad sin subdividir ni acoger a la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, el SII respetará el derecho a los beneficios del DFL N° 2, considerando avalúos según las superficies edificadas.
- Si se mantendrán los beneficios del DFL N° 2 para la propiedad conformada por dos viviendas.
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente)
El consultante ha analizado las dificultades de incluir las dos viviendas en un solo rol de avalúo, considerando las diferentes superficies y tiempos de exención del impuesto territorial.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII
DFL N° 2 de 1959.
Artículo 1° y 14 del DFL N° 2.
Circular N° 2 de 2012.
• Fundamentos clave del pronunciamiento del SII
El SII se basa en las disposiciones del DFL N° 2, especialmente en los requisitos para acceder a los beneficios (permiso de edificación y recepción de obras) y en la limitación de dos viviendas económicas por per...
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