Resolución N°20 (10-03-2015)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
Resolución Ex. SII N° 20, de 10 de marzo de 2015, establece la forma y oportunidad en que las administradoras de fondos de inversión y fondos mutuos deben informar al SII según los artículos 81 y 82 de la Ley N° 20.712, fijando plazos y formas de declaración.
Resumen
• Datos básicos de la resolución:
Resolución Ex. SII N° 20, de 10 de marzo de 2015.
• Contexto normativo y competencia del SII:
La resolución se basa en los artículos 6°, letra A), N°. 1, 30, 34 y 60 inciso 8° del Código Tributario; artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; y la Ley N° 20.712.
• Antecedentes administrativos relevantes:
La Ley N° 20.712 establece el tratamiento tributario para fondos de inversión, fondos mutuos y sus aportantes, así como las obligaciones de información para las administradoras de dichos fondos. Los artículos 81 y 82 de la ley exigen que las administradoras informen anualmente al SII sobre la individualización de los aportantes, el monto de sus aportes, número de cuotas, rescates, enajenaciones, distribuciones, devoluciones de capital y créditos asociados, y las retenciones de impuesto practicadas.
• Materia y objetivos de la resolución:
Establecer la forma y oportunidad en que las administradoras de fondos de inversión y fondos mutuos, así como los bancos, corredores de bolsa e instituciones intermediarias, deben cumplir con la obligación de informar al SII según los artículos 81 y 82 de la Ley N° 20.712.
• Contenido principal e instrucciones impartidas:
- Las administradoras de fondos de inversión (públicos, mutuos y privados) y los intermediarios financieros deben presentar anualmente una declaración jurada con la información detallada en los considerandos 2°, 3°, 4°, 6° y 7° de la resolución.
- La declaración jurada debe presentarse hasta el 24 de marzo de cada año, respecto de las operacione...
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