Oficio N°18 (05-01-2017)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII responde a una consulta sobre exención de IVA en la compra de inmuebles por UNICEF, señalando que la calificación de "compra importante" y la exención deben ser resueltas mediante decreto del Ministerio de Hacienda.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. N° 018, de 05.01.2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Solicitud de exención de IVA en la compra de una propiedad por parte de UNICEF.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La Oficina en Chile de UNICEF solicita al SII que califique como "compra importante" la adquisición de oficinas, estacionamientos y bodegas en un edificio específico, con el fin de obtener la exención del IVA. La Dirección Jurídica del SII remite la solicitud, mencionando un informe previo (Oficio Ordinario N° 688, de 18.03.2016) sobre exenciones de IVA bajo la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos de las Naciones Unidas.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Se puede calificar la compraventa de los inmuebles por UNICEF como una compra importante destinada a su uso oficial, eximiéndola del pago de IVA?
• Argumentos del consultante (si se exponen explícitamente): UNICEF argumenta que, conforme a las convenciones aplicables, tiene derecho a exenciones de IVA en compras importantes destinadas a su uso oficial.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Decreto N° 794, de 27.10.1948, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la “Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas”.
* Decreto N° 121, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial de fecha 13.05.1985, que promulga el “Convenio entre el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y el Gobierno de Chile”.
* Decreto Supremo de Hacienda N° 518, p...
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