Oficio N°561 (15-03-2017)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII determina que las multas por incumplimiento de contratos con el MOP no son "multas fiscales" exentas del art. 21 LIR, sino gastos rechazados afectos a dicho impuesto. Se distingue entre sanciones administrativas y consecuencias de incumplimientos contractuales.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 561, de 15-03-2017. Se refiere al tratamiento tributario, según el artículo 21 de la LIR, de las multas derivadas del incumplimiento de obligaciones en un contrato de obra pública fiscal con el Ministerio de Obras Públicas (MOP).
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: La empresa TTTT, contratista del MOP, podría enfrentar multas por incumplimiento de obligaciones contractuales en licitaciones con el MOP y otros organismos fiscales.
• Consultas específicas planteadas al SII: ¿Cómo se tratan tributariamente, según el artículo 21 de la LIR, las multas pagadas por incumplimiento de un contrato de obra pública con el MOP?
• Argumentos del consultante: El contribuyente argumenta que las multas pagadas al Fisco no son gastos rechazados afectos al artículo 21 de la LIR, y que constituyen una sanción pecuniaria personal no gravada. Cita un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que apoyaría esta interpretación.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII:
* Artículos 1, 2, 4 y 6 del Código Tributario.
* Artículos 7 de la Ley Orgánica del SII.
* Artículos 19, 20 y 1535 del Código Civil.
* Artículos 20 del Código Penal.
* Artículo 3 del Código Civil.
* Artículos 21 y 31 de la LIR.
* Ley 19.886.
* Dictámenes de la Contraloría General de la República N° 1765 de 2015, N° 65788 de 2014 y N° 28516 de 2016.
* Oficios del SII N° 1695 de 2010 y N°1695 de 2014.
* Circular N° 92 de 1992.
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