Oficio N°1347 (15-06-2017)
Servicio de Impuestos Internos de Chile
Abstracto
El SII, mediante el Oficio N° 1347 de 2017, interpreta el Convenio entre Chile y Francia para evitar la doble imposición, específicamente el artículo 18, indicando que los empleados de la Embajada de Francia no chilenos ni franceses tributan solo en Francia.
Resumen
• Datos básicos del Oficio: Ord. Nº 1347, de 15-06-2017, del Servicio de Impuestos Internos (SII). Materia: Exención de impuestos de empleados de la Embajada de Francia en Chile según el Convenio entre Chile y Francia para evitar la doble imposición. Se analizan los artículos 18 y 22 del Convenio.
• Antecedentes de la consulta y hechos relevantes: El Ministerio de Relaciones Exteriores consulta al SII respecto a la aplicación del Convenio entre Chile y Francia, específicamente sobre la tributación de los empleados de la Embajada de Francia en Chile que no poseen nacionalidad chilena o francesa. La Embajada de Francia informa que, a partir del 1 de enero de 2018, estos empleados tributarán únicamente en Francia, basándose en el artículo 18 del Convenio.
• Consultas específicas planteadas al SII: Se solicita un informe respecto a la correcta interpretación y aplicación del artículo 18 del Convenio entre Chile y Francia, en relación con la tributación de los empleados de la Embajada de Francia que no son de nacionalidad chilena o francesa.
• Argumentos del consultante: No se explicita en el oficio.
• Doctrina administrativa, normativa y jurisprudencia citada por el SII: Se cita el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Francesa para Evitar la Doble Imposición y para Prevenir la Evasión Fiscal en Relación a los Impuestos a la Renta y al Patrimonio, específicamente los artículos 18 (Funciones Públicas) y 22 (Eliminación de la Doble Imposición). También se cita el artículo 54 N°3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
• Fundamentos ...
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